Convivir con la naturaleza (foto de Jaime Cristóbal López)

jueves, 31 de enero de 2013

se reforma artículo educativo

Reformas al “Artículo 3o. y 73”. Constitucional …
Artículo 3o.
III.
El ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria de este artículo fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio.
Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley;

IX. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá:

a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema;

b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y

c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.

La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto. Se integrará por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal, con la aprobación, dentro del plazo de treinta días naturales, de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, durante los recesos de ésta, de la Comisión Permanente.

Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo.

El Ejecutivo Federal nombrará de entre los miembros de la Junta de Gobierno a su Presidente, quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley.

La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.

La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.




Artículo 73. …
XXV.
XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República,  y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad.
TRANSITORIO
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo Federal someterá a la aprobación del Senado de la República la designación de los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, que deberá recaer en personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto.

Para asegurar la renovación escalonada de los integrantes, los primeros nombramientos se realizarán por los periodos siguientes:

I. Dos nombramientos por un periodo de cinco años;
II. Dos nombramientos por un periodo de seis años, y
III. Un nombramiento por un periodo de siete.

El Ejecutivo Federal deberá determinar el periodo que corresponda a cada uno de los miembros, al someter su designación a la aprobación de la Cámara de Senadores.

El primer Presidente de la Junta de Gobierno del Instituto durará en su encargo cuatro años.
Tercero. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley General de Educación correspondientes, a más tardar en un plazo de seis meses contado a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.

En tanto el Congreso de la Unión expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Instituto Nacional creado por este Decreto ejercerá sus atribuciones y competencia conforme al Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2012, en lo que no se oponga al presente Decreto. Para estos efectos, las atribuciones previstas en dicho ordenamiento para el Órgano de Gobierno y la Junta Técnica serán ejercidas por la Junta de Gobierno del Instituto, y las de la Presidencia por el Presidente de la Junta de Gobierno.
Cuarto. Los recursos materiales y financieros, así como los trabajadores adscritos al organismo descentralizado Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, pasan a formar parte del Instituto que se crea en los términos del presente Decreto.
Quinto. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3o. y 73, fracción XXV, de esta Constitución, el Congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever al menos lo siguiente:

I. La creación de un Sistema de Información y Gestión Educativa. Al efecto, durante el año 2013 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía realizará un censo de escuelas, maestros y alumnos, que permita a la autoridad tener en una sola plataforma los datos necesarios para la operación del sistema educativo y que, a su vez, permita una comunicación directa entre los directores de escuela y las autoridades educativas;

II. El uso de la evaluación del desempeño docente para dar mayor pertinencia y capacidades al sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros, en el marco de la creación de un servicio profesional docente. La evaluación de los maestros debe tener, como primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una mejor práctica profesional. El sistema educativo deberá otorgar los apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades, y

III. Las adecuaciones al marco jurídico para:

a) Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta;

b) Establecer en forma paulatina y conforme a la suficiencia presupuestal escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico.

En aquellas escuelas que lo necesiten, se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales, y

c) Prohibir en todas las escuelas los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos.

Al efecto, el Poder Legislativo hará las adecuaciones normativas conducentes y preverá en ellas los elementos que permitan al Ejecutivo Federal instrumentar esta medida. El Ejecutivo Federal la instrumentará en un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de las normas que al efecto expida el Congreso de la Unión.
Sexto. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente Decreto.



























se reforma artículo 3° y 73 de la educación

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

TEXTO VIGENTE
TEXTO PROPUESTO
COMENTARIOS
“Artículo 3o. …


I. y II. …

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de
estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República.

Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.



































VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio.

Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere, y

VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.
“Artículo 3o. …


I. y II. …

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República.

Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.

Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria de este artículo fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio.

Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley;

IV. a VI. …

VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio.

Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere;

VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y

IX. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá:

a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema;

b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y

c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.

La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto. Se integrará por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal, con la aprobación, dentro del plazo de treinta días naturales, de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, durante los recesos de ésta, de la Comisión Permanente.

Si dentro de dicho plazo la Cámara de Senadores no se pronuncia sobre la designación de algún miembro de la Junta de Gobierno, se tendrá por ratificada la efectuada por el Ejecutivo Federal. En caso de que en la votación no se reúna la mayoría requerida, el Ejecutivo Federal deberá someter a aprobación una nueva designación. Si respecto de esta segunda designación no existe pronunciamiento, la misma se entenderá aprobada, y si sometida a votación no se reúne la mayoría requerida, el Ejecutivo Federal designará directamente a otra persona.

Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia.

El Ejecutivo Federal nombrará de entre los miembros de la Junta de Gobierno a su Presidente, quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley.

La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.

La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.

El diseño de nombramiento la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación es inadecuado en virtud de que otorga al Presidente de la República la facultad de designación. Si bien es verdad que somete la designación de referencia a la aprobación del Senado, el formato resulta inadecuado porque implica tiempos fatales, mayoría de dos terceras partes (que obliga al Senado a generar un consenso en contra lo que la experiencia indica que es muy difícil) y en caso de no llegar a esa mayoría se entendería por ratificada la designación presidencial. Se sugiere que efectivamente el Presidente designe a los integrantes del Instituto, pero la ratificación sea por acuerdo expreso en ese sentido por las dos terceras partes del Senado como se señala, pero dando al menos el doble del tiempo; es decir 60 días naturales para analizar perfiles y organizar, en su caso, sesiones donde comparezcan los candidatos. En otras palabras se sugiere la fórmula inversa. Esta fórmula que aquí se sugiere es la que procede, por ejemplo, para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Otra observación reside en la ausencia de requisitos para formar parte del Instituto lo que abre la puerta a la discrecionalidad alejando a ese organismo de sus funciones esenciales. Se sugiere que los miembros deben tener nombramiento vigente de Investigador Nacional del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su Nivel III. Este candado reduce ampliamente las posibilidades de que personas ajenas al propósito del Instituto puedan tener cabida. Cabe agregar que no existe ninguna incompatibilidad para que Investigadores Nacionales formen parte de la Junta de Gobierno conforme al Reglamento vigente del SIN de CONACYT previendo que pudieran invocar algún tipo de limitación para el desempeño de esa función.


Artículo 73. …

I. a XXIV. ...

XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar
sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma.
Artículo 73. …

I. a XXIV. ...

XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República.

Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma;

XXVI. a XXX. …”

ARTÍCULOS TRANSITORIOS


Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.


Segundo. El Ejecutivo Federal someterá a la aprobación del Senado de la República la designación de los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, que deberá recaer en personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto.

Para asegurar la renovación escalonada de los integrantes, los primeros nombramientos se realizarán por los periodos siguientes:

I. Dos nombramientos por un periodo de cinco años;
II. Dos nombramientos por un periodo de seis años, y
III. Un nombramiento por un periodo de siete.

El Ejecutivo Federal deberá determinar el periodo que corresponda a cada uno de los miembros, al someter su designación a la aprobación de la Cámara de Senadores.

El primer Presidente de la Junta de Gobierno del Instituto durará en su encargo cuatro años.


Tercero. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley General de Educación correspondientes, a más tardar en un plazo de seis meses contado a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.

En tanto el Congreso de la Unión expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Instituto Nacional creado por este Decreto ejercerá sus atribuciones y competencia conforme al Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2012, en lo que no se oponga al presente Decreto. Para estos efectos, las atribuciones previstas en dicho ordenamiento para el Órgano de Gobierno y la Junta Técnica serán ejercidas por la Junta de Gobierno del Instituto, y las de la Presidencia por el Presidente de la Junta de Gobierno.


Cuarto. Los recursos materiales y financieros, así como los trabajadores adscritos al organismo descentralizado Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, pasan a formar parte del Instituto que se crea en los términos del presente Decreto.


Quinto. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3o. y 73, fracción XXV, de esta Constitución, el Congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever al menos lo siguiente:

I. La creación de un Sistema de Información y Gestión Educativa. Al efecto, durante el año 2013 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía realizará un censo de escuelas, maestros y alumnos, que permita a la autoridad tener en una sola plataforma los datos necesarios para la operación del sistema educativo y que, a su vez, permita una comunicación directa entre los directores de escuela y las autoridades educativas;

II. El uso de la evaluación del desempeño docente para dar mayor pertinencia y capacidades al sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros, en el marco de la creación de un servicio profesional docente. La evaluación de los maestros debe tener, como primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una mejor práctica profesional. El sistema educativo deberá otorgar los apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades, y

III. Las adecuaciones al marco jurídico para:

a) Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta;

b) Establecer en forma paulatina y conforme a la suficiencia presupuestal escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico.

En aquellas escuelas que lo necesiten, se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales, y

c) Prohibir en todas las escuelas los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos.

Al efecto, el Poder Legislativo hará las adecuaciones normativas conducentes y preverá en ellas los elementos que permitan al Ejecutivo Federal instrumentar esta medida. El Ejecutivo Federal la instrumentará en un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de las normas que al efecto expida el Congreso de la Unión.


Sexto. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente Decreto.



Pronostican desaceleración temporal del cambio climático

La Oficina Meteorológica del Reino Unido pronostica una desaceleración temporal en el cambio climático en los próximos cuatro años.
En los próximos cuatro años la temperatura de la Tierra
 podría aumentar un 20% menos de lo pensado.
 
Según la organización, la temperatura del planeta seguirá aumentando, pero el incremento será de un 20% menor que el establecido en modelos anteriores.
Los investigadores afirman que los ciclos naturales han causado una reciente desaceleración en el calentamiento global, incluyendo posibles cambios en el Sol y en las corrientes oceánicas.
Sin embargo, los científicos advierten que cuando el ciclo de factores naturales de enfriamiento se altera, las temperaturas vuelven a subir por los gases de efecto invernadero.

El kilogramo tiene sobrepeso

Los excesos de las fiestas provocan que no sean pocos los que deciden, como propósito para el nuevo año, perder esos kilos de más acumulados tras incontables comidas y familiares.
Pero, ¿qué pasaría si no hubiese que hacer ninguna dieta y que, aún con los kilos de más, conservásemos -en los números- el mismo peso?
 
Pues eso es precisamente lo que, según los científicos, ocurrió con el cilindro que determina lo que es oficialmente un kilogramo: podría haber "engordado" y pesar más de 1.000 gramos.
 
El kilogramo original, que rige la masa de un kilo, está guardado en las afueras de París.
 
Científicos británicos comprobaron que una de las réplicas de este cilindro pesa más de un kilo, de lo que se deduce que el que se encuentra en París podría también tener sobrepeso.
El kilogramo es la única de las siete unidades comprendidas en el Sistema Internacional de Unidades que se define en función de un objeto: el patrón de platino iridio fabricado en Londres y conservado en Francia en la Oficina Internacional de Pesos y Medidas (BIPM, según sus siglas en francés).
Este estándar fue establecido por la BIPM en 1889, durante la Conferencia General de Pesos y Medidas. Del original se reprodujeron 40 réplicas, que fueron distribuidas por todo el mundo y que son comparados con el original cada 50 años.
 

Pequeñas diferencias

Según afirma en un comunicado la Universidad de Newcastle, en Reino Unido, los profesores Peter Cumson y Naoko Sano usaron una avanzada técnica para analizar la superficie de uno de los cilindros "hermanos" del de París y encontraron que el kilogramo original podría haber aumentado de masa en poco menos de 100 microgramos.
Los estudios se realizaron sobre la copia 18 del kilogramo original, que fue la enviada desde París a Reino Unido.
 
 
"Realmente no importa lo que pese siempre y cuando todos nos refiramos al mismo estándar; el problema son las pequeñas diferencias. El kilogramo original y sus 40 réplicas distribuidas por el mundo están creciendo a distintos ritmos, diferenciándose unas de otras", asegura Cumson en el comunicado.
"Pero estamos hablando tan solo de unos gramos –menos de 100 microgramos-, así que lamentablemente no podemos quitarnos un par de kilos y fingir que los excesos de Navidad nunca ocurrieron", añade.
Purépechas (tarascos) de Michoacán. (El traje tradicional indígena)
Purépechas (tarascos) de Michoacán

Hay dos clases de faldas, una llamada “sabanilla”, es un enredo y consiste en un lienzo rectangular de lana tejida a mano. Estas faldas sirvieron desde tiempos inmemoriales para abrigar durante la noche a toda la familia y de ahí su nombre de “sabanilla”. De día las mujeres la tablean alrededor de su cintura y la sujetan con un ceñidor del que dejan sobresalir 20 cm de tela. Por su propio peso esta orilla se voltea hacia abajo y forma el famoso rollo de las tarascas.
La otra falda, llamada “zagalejo”, es también de lana. Lleva en la parte de arriba una tira de tela de algodón en color fuerte y, en la parte inferior, una cenefa del mismo material para protegerla del roce con el suelo. Está montada en angostos pliegues sobre una pretina amarrada en la cintura. Para formar “el rollo”, se vuelve la tela hacia adentro y se ata la pretina unos 20 cm más abajo. Al ceñirse la faja, esos veinte centímetros que sobresalen se doblan hacia fuera.
El “rollo” sirve para apoyar lo que las mujeres cargan en la espalda, ya sea una criatura, una canasta o un haz de leña. Bajo la falda o el enredo, las mujeres llevan en aguas blancas de manta, que tienen 5 metros de ancho a las que les cosen en la orilla inferior una tira bordada con lana o algodón en punto de cruz, a la que llaman labrado y en color contrastante, asoma bajo la falda luciendo dibujos de grecas, flores y animales.
Las tarascas usan dos ceñidores: el primero de grueso tejido de lana en color oscuro, es el que verdaderamente sostiene la falda de suyo pesada. El otro, más fino de colores vivos en lana o algodón sirve principalmente de adorno.
Hay tres tipos de camisas: el más antiguo deriva del huipil de dos lienzos llamado huananjere, es corto de manga blanca de una sola pieza metido bajo la faja. Está bordado alrededor del cuello y en los hombros con punto de cruz o al pasado, en color rojo o azul oscuro. El segundo tipo es de manta blanca, de escote cuadrado, con una bata tejida de gancho. El tercero es el más usado. Está camisa va plegada sobre el pecho y la espalda por una jareta a lo largo del escote; se acomoda así a los diferentes tamaños de mujeres, está bordada a veces en blanco y a veces en color, sobre los hombres y alrededor del escote con un trabajo muy fino y puntadas diversas.
Las tarascas se peinan con dos trenzas entretejidas con cordones de lana. Las mujeres indígenas michoacanas se cubren con rebozos de algodón azul marino con rayas azul pálido y blancas. Los flecos están guarnecidos con motitas y re bordados con motivos de águilas y figuras humanas. Para este trabajo emplean la artisela, que da la impresión de los antiguos trabajos con plumas.


http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/publicaciones/publi_mexico/publipurenuevo.htm





lunes, 28 de enero de 2013

ESPECIES EN RECUPERACION


Algunas plantas y animales necesitan protección adicional debido a los graves problemas que los amenazan. Diversas organizaciones llevan a cabo planes de recuperación a fin de preservar las especies que tienen dificultades para adaptarse a los cambios en sus ecosistemas.
El gráfico circular informa acerca de las especies de invertebrados para las que había planes de recuperación en marzo de 2004. Puedes usar el gráfico para comparar los grupos de especies entre sí, para comparar un grupo con el total o para hacer estimaciones. Por ejemplo, verás que casi la mitad de las 141 especies en plan de recuperación son almejas. Entonces, una buena estimación podría señalar que hay planes de recuperación casi 70 especies de almejas.
recuperacion de especies
Usa el gráfico circular para responder a las preguntas
1. ¿Cuál de estos organismos tiene casi el mismo plan que todo resto junto?
a) los caracoles
b) los insectos
c) las almejas
d) los arácnidos
2. ¿Qué grupo tiene aproximadamente 1/4 del total de planes de recuperación de invertebrados?
a) los caracoles
b) los insectos
c) las almejas
d) los arácnidos
3. Hay 24 planes de recuperación de caracoles. Estima el número de planes de recuperación de crustáceos. Explica como hiciste tu estimación
4. Ordena los grupos de mayor a menor, basándote en el número de planes de recuperación que tienen.
Actividad adicional
Busca en diarios o revistas un gráfico circular que puedas recortar. Pégalo en una hoja de papel. Luego, usa los datos del gráfico para escribir cuatro preguntas que quieras hacerles a tus compañeros. En una de las preguntas compara una parte con el todo. En otra compara una parte con otra. Escribe las respuestas en el reverso de la hoja.

INTENTALO

¿Qué sucede cuando en ecosistema cambia de humedad?
Los ecosistemas de humedad pueden cambiar por causas naturales. A veces quienes causan los cambios son los seres humanos.
Materiales
  • Tazón y vaso
  • Regla de centímetros y cinta adhesiva de papel
  • Tierra
  • Agua
  • Planta acuática y semillas para aves
Procedimiento
1. Mide 2cm y 3cm desde el fondo del tazón. Marca las mediciones en el recipiente.
2. Añade tierra al tazón hasta llegar a la marca de 2 cm. Aplasta la tierra. Vierte agua hasta llegar a la marca de los 3 cm. Deja que el contenido del tazón se asiente durante la noche.
12-12-2012 13.12.38 8
3. Pon una planta acuática en el tazón. Déjala flotar. Pon el recipiente en un lugar cálido y con buena luz.
4. Cada dos días, añade 4 semillas de ave a tu humedal.
12-12-2012 13.12.34 9
5. Predice, como cambiará el humedal desde el día 3 hasta el día 13. Anota tus predicciones cada dos días.
6. Observa el humedal y anota los cambios.
12-12-2012 13.12.51 10
Explica tus resultados
1. ¿Qué observaste en el humedal?
2. ¿Qué comparación puedes hacer entre los cambios que observaste y tus predicciones?

http://www.superexperimentos.com/

CONOCIENDO UN POCO MAS

Investigación Guiada – Relacionar la desnutrición con las condiciones económicas de los países
¿Porqué es tan importante conocer las condiciones económicas de diferentes países?
Se debe tener en perspectiva que las condiciones económicas pueden provocar problemas de malnutrición. Normalmente se usa la información para resolver problemas o responder preguntas.
Materiales:
Usa las tablas y gráficos que mostramos a lo largo de la investigación.
Procedimiento
1. Observa y analiza las tablas 1 y 2
tabla 1
tabla 2
2. Luego, a partir de los datos de las tablas 1 y 2, construye una gráfica de barras para cada una.
Acá te dejamos un ejemplo de un gráfico de barras.
12-12-2012 10.12.16 6
12-12-2012 10.12.43 7
Explica tus resultados
1. Basándote en tus observaciones
  • Cuál es la situación de Chile con respecto de la desnutrición y con respecto de la pobreza en América del Sur.
  • Cuales son los principales países que sufren de la desnutrición
  • ¿Qué a ido pasando con el sobrepeso y la obesidad escolar a lo largo de los años en Chile?
  • Que opinas acerca de lo que ocurre en nuestro país con la desnutrición de los niños.
2. Qué sucederá con el crecimiento y la salud de aquellos niños cuyos ingresos familiares no son suficientes para una alimentación adecuada.
3. Busca información acerca de los niveles de pobreza en tu región. Con la autorización de tu profesor diseña y lleva a cabo un plan para comunicar la consecuencia que esto tendrá en la salud de los niños.
4. Averigua que significa JUNAEB

http://www.superexperimentos.com/

CUAL ES TU RITMO CARDIACO

Ritmo cardiaco promedio
Los músculos de tu corazón trabajan sin parar durante toda tu vida bombeando sangre a todo tu cuerpo. Con cada latido, los músculos de tu corazón empujan sangre desde el corazón hacia los vasos sanguíneos. Pueden sentir estos empujones en forma de pulso en ciertos puntos de tu cuerpo, como la muñeca o el costado del cuello.
tabla de ritmo cardiaco
El gráfico de barras compara el ritmo cardiaco de un ser humano adulto con el de varios animales.
Usa el gráfico de barras para responder las preguntas.
1. ¿Cuál es la estimación mas cercana al ritmo cardiaco promedio de un elefante?
a. 10 latidos por minuto
b. 60 latidos por minuto
c. 30 latidos por minuto
d. 90 latidos por minuto
2. ¿Qué afirmación general se puede hacer a partir de la información de esta gráfica?
a. Mientras mas grande es un animal, mayor es su ritmo cardíaco promedio
b. Mientras mas grande es un animal, menor es su ritmo cardíaco promedio
c. El tamaño de un animal no está relacionado con su ritmo cardíaco promedio
d. Los animales pequeños tienen un ritmo cardíaco promedio un poco menor que el de los animales grandes
3. Según la tendencia de esta gráfica. ¿Qué ritmo cardiaco promedio podrías predecir para un perro mediano?
a. 30 latidos por minuto
b. 60 latidos por minuto
c. 100 latidos por minuto
d. 180 latidos por minuto
Actividad complementaria
Usa un reloj con segundero para tomarte el pulso durante 20 segundos. Multiplica este número por 3 para obtener tu ritmo cardiaco promedio cuando estás en reposo.
Realiza distintas actividades, como caminar, correr o andar en bicicleta durante un minuto en cada caso. Calcula tu ritmo cardíaco promedio después de cada actividad. Anota tus resultados en una gráfica de barras.
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QUE ES LO QUE REALMENTE CONSUMES

Evaluar las etiquetas de los alimentos
Hoy vamos a realizar un curioso experimento con los alimentos envasados. Observa cuidadosamente la información nutricional de la etiqueta de cereal que aparece a continuación y luego responde las siguientes preguntas.
etiquetas de los alimentos
1. Calcula cuantos gramos de proteínas, de carbohidratos y de grasa comerías si te sirvieras en un día 3 porciones, es decir 90 gramos.
2. ¿Cuantas calorías hay en un gramo de grasa, en uno de proteínas y en uno de carbohidratos?
3. Calcula ¿Cuántas calorías aporta una ración de este cereal?
4. Analiza ahora lo siguiente: la publicidad en la televisión de este cereal dice que es muy buena fuente de hierro y que no contiene colesterol. ¿Qué opinas de esta propaganda?
5. Evalúa. Existen personas llamadas hipertensas a las cuales se les prohíbe la ingestión de sodio en sus comidas. ¿Sería conveniente que estas personas consuman este cereal?. Explica tus argumentos.
Actividad complementaria
Toma diferentes etiquetas de alimentos, por ejemplo leche, pastas, legumbres, tarros de pescado; y luego calcula el aporte de energía de cada ración. Compara cada uno de ellos y pégalos en un cartel de tal manera que veamos cuales son las mas apropiadas para el consumo

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MODELO ATOMICO DE RUTHERFORD

Consecuente con su experimento, Rutherford abandonó la idea de que el átomo seria como un “budín de pasas”, propuesta por Thomson, ya que según este modelo los rayos alfa se desviarian muy debilmente y nunca con ángulos de dispersión (θ) de 90° y 180° como ocurría con el experimento del descubrimiento del nucleo atomico.
Según Rutherford, el atomo es un sistema dinámico, con un núcleo de carga positiva y los electrones girando alrededor siguiendo trayectorias circulares y concéntricas a una gran velocidad, de tal modo que se neutralice la fuerza de atracción eléctrica que ejerce el núcleo; por lo tanto los electrones estarían girando alrededor en estado de equilibrio.
modelo atomico rutherford
Error en el Modelo de Rutherford: Según la física clásica (electrodinámica clásica), una partícula electrizada o cargada eléctricamente que se mueve con velocidad variable (con aceleración) emite o pierde energía constantemente en forma de ondas electromagnéticas). Por lo tanto el electrón que es una partícula con carga negativa y viaja con aceleración angular debido a que describe trayectoria circular, debe constantemente perder energía y acercarse poco a poco al núcleo siguiendo una trayectoria en espiral y finalmente caer al núcleo, o sea hasta la autodestrucción o colapsamiento del atomo, lo cual nunca ocurre.
error modelo rutherford
Por lo tanto la física clásica no servía para explicar fenómenos atómicos y era necesario una nueva física en base a nuevos principios y leyes para las partículas su microscópicas como átomos, moléculas y partículas subatómicas, que hoy en día se llama mecánica cuántica (relativística y no relativística)

http://www.fullquimica.com/2011/03/modelo-atomico-de-rutherford-1911.html

MODELO ATOMICO DE THOMSON

 
Modelo atómico de Thomson
Descubrimiento del electrón (descubierto en el año 1897; en 1898 Thomson propuso un modelo atómico, que tomaba en cuenta la existencia de dicha partícula subatómica.
Thomson suponía que los electrones se distribuía de una forma uniforme alrededor del átomo, conocido este modelo como Pastel de pasas, es la teoría de estructura atómica, Thomson descubre el electrón antes que se descubrirse el protón y el neutrón..
Si observamos este modelo, veremos que el átomo se compone por electrones de carga negativa en el átomo positivo, tal se aprecia en el modelo de pasas de budín.
Pensaba que los electrones, distribuidos uniformemente alrededor del átomo, en distintas ocasiones, en vez de una sopa de las cargas positivas, se postulaba con una nube de carga positiva, en 1906 Thomson fue premiado con el novel de física por este descubrimiento.
Si pensamos que el átomo no deja de ser un sistema material, con una cierta energía interna, es por eso que esta energía provoca un grado de vibración de los electrones contenidos que contiene su estructura atómica, si se enfoca desde este punto de vista el modelo atómico de Thomson se puede afirmar que es muy dinámico por consecuencia de la gran movilidad de los electrones en el “seno” de la mencionada estructura.
Para lograr una interpretación del modelo atómico desde un ángulo microscópico, entonces se puede definir como una estructura estática, ya que los mismos se encuentran atrapados dentro del “seno” de la masa que define la carga positiva del átomo.
Veamos el modelo de una forma simple, el modelo de Thomson era parecido a un pastel de Frutas: los electrones estaban incrustados en una masa esférica de carga positiva,
La carga negativa del electrón era la misma que la carga positiva de la esfera, es por esto que se deduce que el átomo era neutro,
Thomson: también explicó la forma de los iones, tanto positivos como negativos

Thomson y su experimento: JJ Thomson, (en 1897), a mitad de un experimento midió la proporción que existe entre la carga y la masa de una corriente de electrones, usando un tubo de rayos catódicos del cual obtiene un valor, este valor es de 1.76x 108 Coulombs
En 1906 Thomson demuestra que el hidrógeno tiene un electrón, esto permite diversas teorías
Primer experimento de Thomson.
Segundo experimento de Thomson.
Tercer experimento de Thomson.
Postulados de Thomson.
Otros Postulados.
Titulaciones, Protones, acidos y bases,
El nucleo de un átomo
Métodos de separacion de Mezclas